Requisitos para la ayuda a domicilio:
- Sólo para familias asociadas que cumplan los requisitos y las directrices de los programas de la asociación.
- En cualquiera de los servicios que se exponen a continuación no se prestará menos de una hora de atención.
- En cualquiera de los servicios no se prestará servicio mensajero (labores de casa), realizando solamente funciones socio-sanitarias (higiene, movilizaciones, vestido, administración y preparación de desayuno, comida o cena y las labores de casa que dependan de ello, éstas son: dormitorio, baño y utensilios de cocina que se hayan utilizado en la atención de la persona mayor dependiente atendida). Tampoco se harán trabajos derivados de otros familiares que vivan en el mismo domicilio, a no ser que sean dos personas mayores (ver apartado de formación y empleo de nuestra página web).
- Todos nuestros profesionales tienen formación (ver apartado formación y empleo de nuestra página web).
- Las familias que contraten personal externo a través de ASCUDEAN para la atención socio-sanitaria de la persona mayor dependiente, pueden encontrar en Ascudean una lista anexa de personal para limpiezas generales puntuales.
- No poseemos en ASCUDEAN personal interno de 24 horas. Los turnos máximos de cada profesional es de 8 horas diurnas y 10 nocturnas, las estipuladas en el estatuto de los trabajadores como jornada laboral legal.
- Los servicios de ayuda a domicilio de la asociación se prestará también a familias alavesas en las que los mayores roten entre los familiares y que en determinadas épocas estén viviendo con sus familiares cuidadores en Álava, aunque los mayores no estén empadronados en la provincia que deseen acudir a las actividades.
SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO URGENTE
SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO PUNTUAL